Contratar a un autónomo en España es legal y habitual, y una empresa extranjera puede hacerlo directamente, sin entidad española: el profesional factura sus servicios a la empresa y paga sus propias cotizaciones. Un falso autónomo es otra cosa: una persona que figura como autónoma pero trabaja, en la práctica, como empleada, dentro de la organización y bajo la dirección del cliente. La diferencia la marcan los hechos, no el contrato. Si el encargo se define por entregables, el profesional organiza su tiempo y sus medios y puede tener otros clientes, la relación de autónomo es genuina.
Qué es un falso autónomo
Un falso autónomo es un profesional dado de alta como trabajador por cuenta propia que, en realidad, presta servicios como un asalariado. El artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores define al trabajador como quien presta servicios retribuidos «por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección» de otra persona, que es el empleador. Si la relación cumple esa definición, es laboral aunque el contrato diga «servicios profesionales».
Esa definición contiene las dos notas que separan el empleo del trabajo autónomo. La dependencia es trabajar dentro de la organización y bajo la dirección de otro: horario, instrucciones y control. La ajenidad es trabajar por cuenta de otro: el resultado es del cliente y el riesgo del negocio también.
El Estatuto de los Trabajadores añade una presunción en su artículo 8.1: el contrato de trabajo se presume existente entre quien presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y quien lo recibe a cambio de una retribución. Por eso un contrato mercantil bien redactado no basta si el día a día es de empleado.
El autónomo genuino es el reverso. La Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo, en su artículo 1.1, lo describe como quien trabaja de forma habitual, personal y directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona. La clasificación general de situaciones laborales en España está en la guía de Kulturo sobre tipos de situaciones laborales.
Contratar a un autónomo en España desde una empresa extranjera
Una empresa de Estados Unidos, del Reino Unido o de otro país puede contratar directamente a un ingeniero autónomo español sin abrir sociedad en España ni darse de alta como empleador. La relación es un contrato de servicios entre la empresa y el profesional: el autónomo emite factura, la empresa la paga y cada parte cumple sus propias obligaciones fiscales.
Varias empresas de Estados Unidos contratan hoy así a sus ingenieros con Kulturo, en remoto desde España, según la propia agencia: Kulturo hace la búsqueda y el ingeniero factura directamente a la empresa.
La vía de autónomo encaja mejor con trabajo por proyecto o con un perfil senior que ya trabaja de forma independiente. Un puesto a tiempo completo en el equipo encaja mejor como empleo, con entidad propia o vía employer of record (EOR). Dónde encontrar profesionales que ya trabajan así lo cubre la guía de Kulturo sobre plataformas freelance en España.
Cómo contratar a un autónomo en España correctamente
Una relación con un ingeniero autónomo se mantiene genuina cuando el contrato y el día a día reflejan independencia. Estos seis pasos sirven para un desarrollador de software, un ingeniero de datos o un DevOps que trabaja como autónomo para una empresa, española o extranjera:
- Define el encargo por proyecto o por entregables. El contrato de servicios describe qué se entrega (un módulo, una migración a Kubernetes, una API) y cómo se acepta, no un puesto ni una jornada.
- Deja que el autónomo organice su horario. Puedes acordar ventanas de solape para reuniones con el equipo, pero el ingeniero decide cuándo y cómo trabaja el resto del tiempo.
- Que el autónomo use sus propios medios. Su portátil, sus licencias y su lugar de trabajo. El acceso a tus repositorios y entornos es una necesidad técnica del encargo, no una señal de dependencia.
- No exijas exclusividad. Un autónomo puede tener otros clientes, y conviene que el contrato lo diga.
- Mantén al autónomo fuera del organigrama. Sin cargo interno, sin personas a su cargo, sin aprobar vacaciones ni evaluaciones de desempeño como a la plantilla.
- Revisa el encargo de forma periódica. Comprueba periódicamente si el trabajo sigue siendo un proyecto o se ha convertido en un puesto fijo del equipo. Si es lo segundo, toca cambiar de vía.
Cómo factura un autónomo español a un cliente de fuera de España
Un autónomo español que presta servicios a una empresa establecida fuera de la Unión Europea factura sin IVA español: según la Agencia Tributaria, esa operación no está sujeta al IVA español, y el profesional conserva el derecho a deducir el IVA que soporta en sus compras para esa actividad.
Si el cliente es una empresa de otro Estado miembro de la Unión Europea, la Agencia Tributaria la trata como una prestación de servicios intracomunitaria que se informa en el modelo 349. En los dos casos, la empresa extranjera paga la factura a la cuenta del autónomo y no retiene impuestos españoles.
La empresa cliente no tiene que darse de alta en la Seguridad Social española por un autónomo: el autónomo cotiza por su cuenta. La declaración de sus ingresos y su IRPF son responsabilidad del profesional.
Qué es un TRADE, el autónomo económicamente dependiente
Un TRADE, o trabajador autónomo económicamente dependiente, es un autónomo que recibe al menos el 75 % de sus ingresos de un único cliente. Lo define el artículo 11 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo. Sigue siendo autónomo, no empleado, con protecciones adicionales frente a ese cliente.
Para ser TRADE, además del umbral del 75 %, el artículo 11.2 exige que el profesional cumpla a la vez estas condiciones:
- Sin plantilla propia. El TRADE no tiene trabajadores a su cargo ni subcontrata la actividad, salvo excepciones tasadas por cuidado de familiares.
- Sin mezclarse con la plantilla del cliente. El TRADE no trabaja de manera indiferenciada con los empleados del cliente.
- Con medios propios. El TRADE dispone de infraestructura y material propios cuando son relevantes para la actividad.
- Con organización propia. El TRADE trabaja con criterios organizativos propios, aunque reciba indicaciones técnicas del cliente.
- Cobrando por resultado. El TRADE cobra en función del resultado de su actividad y asume su riesgo.
Qué cambia para el cliente de un TRADE
Para la empresa cliente, contratar a un TRADE trae obligaciones concretas. El contrato se formaliza siempre por escrito y se registra en la oficina pública correspondiente (artículo 12 de la Ley 20/2007), y en él el profesional declara su condición de dependiente. El TRADE tiene derecho a interrumpir su actividad 18 días hábiles al año (artículo 14). Si el cliente resuelve el contrato sin causa justificada, el TRADE tiene derecho a una indemnización por los daños y perjuicios (artículo 15.3).
Autónomo, TRADE, empleado con sociedad propia o vía EOR: comparativa 2026
La tabla compara las cuatro formas de trabajar con un ingeniero en España con los mismos atributos. La vía de autónomo es la más rápida de arrancar; el empleo, propio o vía EOR, es la que encaja con un puesto estable dentro del equipo.
| Atributo | Autónomo | TRADE | Empleado con sociedad propia | Empleado vía EOR |
|---|---|---|---|---|
| Quién es el empleador | Nadie: contrato de servicios | Nadie: contrato de servicios registrado | Tu sociedad española | El proveedor de EOR |
| Coste para la empresa | La factura del autónomo | La factura del TRADE | Salario más cotización empresarial | Salario, cotización empresarial y cuota del EOR |
| Quién cotiza | El propio autónomo | El propio TRADE | La empresa y el trabajador | El EOR y el trabajador |
| Quién organiza el horario | El autónomo | El TRADE, con la jornada máxima pactada | La empresa | La empresa, con el EOR como empleador formal |
| Exclusividad | No | No, aunque al menos el 75 % de sus ingresos viene de ti | La que pacte el contrato de trabajo | La que pacte el contrato de trabajo |
| Cómo termina | Según el contrato de servicios | Por las causas del artículo 15 de la Ley 20/2007 | Por las reglas de extinción del Estatuto de los Trabajadores | Por las reglas del Estatuto de los Trabajadores, a través del EOR |
| Cuándo encaja | Proyectos y seniors independientes | Un cliente principal estable con trabajo por proyecto | Equipos estables en España | Puestos fijos sin entidad en España |